martes, 15 de octubre de 2013

Las Sociedades Comunales Comparten Bienes Comunales

Bien comunal

Pastora, cuadro de Jean-François Millet
Se denomina bien comunal o procomún (de pro, provecho, y común) a un determinado ordenamiento institucional en el cual la propiedad está atribuida a un conjunto de personas en razón del lugar donde habitan y que tienen un régimen especial de enajenación y explotación. De esa forma, ninguna persona individual tiene un control exclusivo sobre el uso y la disposición de un recurso particular bajo el régimen de procomún.1

Definiciones[editar · editar código]

Por los comunes o “el procomún” o bien comunal se entiende aquellos bienesrecursosprocesos o cosas (ya sean materiales o de carácter intangible) cuyo beneficioposesión o derechos de explotación pertenecen a un grupo o a una comunidad determinada de personas. El grupo en cuestión puede ser extenso –incluyendo, por ejemplo, todos los individuos, o los habitantes de algúnpaísregiónciudad o pueblo, etc.- o restringido, como por ejemplo, una familia o algunos miembros de alguna familia, o grupo de personas establecido para un propósito específico (por ejemplo, una cooperativa o sociedad anónima). Los bienes, recursos, procesos o cosas que en la actualidad pueden ser considerados como parte del procomún comprenden desde bienes públicosgenerales (libres) y físicos (tales como el mar o el aire) a “bienes abstractos” (tales como la defensa o seguridad nacional) o el conocimiento en general o instancias específicas de tal: datos u otros elementos de información2 (ver, por ejemplo Wikimedia Commons).
El concepto esta íntimamente ligado al de dominio público, que es la forma jurídica que pueden adquirir algunos de los elementos pertenecientes al procomún.

Términos relacionados[editar · editar código]

Comunes en la antigüedad clásica[editar · editar código]

Comunes en Grecia[editar · editar código]

De acuerdo con algunos historiadores3 las actividades económicas de la Grecia clásica estaban enmarcadas por dos grupos de valores que a menudo entraban en contradicción: uno privilegiaba el interés individual y el otro el interés de la comunidad o polis. Como ejemplo de tal conflicto de percepción se pueden citar los dos ejemplos siguientes:
Tucídides nos dice que Pericles argumentó a favor de que Atenas se embarcara en la Guerra del Peloponeso -a pesar que en su opinión seria larga y difícil- con el siguiente argumento, que busca mostrar la superioridad ateniense sobre los miembros de la Liga del Peloponeso: “Ellos dedican una pequeña fracción de su tiempo a la consideración de asuntos públicos y la mayoría a la persecución de sus propios objetivos. Y cada uno se imagina que ningún problema se originará de este descuido, que es el negocio de algún otro cuidar de esto o lo otro en su lugar y así, por la misma idea siendo tenida por todos separadamente, lo común causa una lenta decadencia”4
Por otra parte -y posteriormente- Aristóteles argumentó -contra la propuesta de Sócrates a favor de la propiedad común- alegando que “El sistema propuesto ofrece todavía otro inconveniente, que es el poco interés que se tiene por la propiedad común, porque cada uno piensa en sus intereses privados y se cuida poco de los públicos, si no es en cuanto le toca personalmente, pues en todos los demás descansa de buen grado en los cuidados que otros se toman por ellos, sucediendo lo que en una casa servida por muchos criados, que unos por otros resulta mal hecho el servicio.”5
Sin embargo, es necesario considerar que debido a una variedad de factores, entre los que se incluye un desprecio al trabajo “banausico” - lo que ahora se consideraría trabajo motivado por la ganancia más allá de la necesidad del sustento- la economía griega dependía fuertemente de actividades agrícolas “familiares”.6 Consecuentemente, la contradicción notada no parece haber llevado a una formalización o tentativa de solución legal de la contradicción, manteniendo la discusión al nivel filosófico.

Comunes en Roma[editar · editar código]

Los romanos trataron de resolver la contradicción mencionada con una tentativa de especificación del concepto de propiedad. Para la legislación romana, el derecho de propiedad se origina en la “ocupación” o tenencia: quien tiene algo, lo posee. Los romanos distinguían dos grandes categorías básicas: las personas y las cosas. Las cosas son las que pueden ser poseídas y se diferenciaban a su vez en cosas sagradas, cosas públicas (res publica: que pertenecen al estado o la ciudad), cosas comunes (res communis: aire, mar) y cosas privadas (que pertenecen a "individuos en familia" como tales7 ). Sin embargo -y quizás obviamente- algunas cosas no pueden ser poseídas sin dejar de ser lo que son (res nullius): los ríos o aguas corrientes, animales salvajes, peces en el mar, etc. Si alguien los posee, dejan de ser ríos en movimiento, animales salvajes o peces en el mar. Esas cosas son, consecuentemente, de cualquiera y de todos. Sobre el mismo razonamiento, algunas son poseídas en conjunto: los caminos, fuentes de agua de una ciudad, etc.8
La ocupación o tenencia de una cosa se denominaba el derecho de “usu fructus”; en la práctica, el derecho a usar y disfrutar de ella, pero no equivalía a un derecho a la propiedad sobre la “esencia” de la cosa misma (ver usufructo). Por ejemplo, la tenencia sobre un árbol significaba que se podía gozar de los frutos de tal árbol, pero ese derecho se extingue si se corta el árbol. Así los miembros de una familia tenían derecho a gozar de la propiedad familiar pero estaban bajo obligación, incluso como Pater familias de mantenerla para futuras generaciones de la misma, a pesar que podían disponer de los bienes como tales (ver Patrimonio).
El derecho absoluto, sobre la esencia de la cosa, equivalía a “dominium”. “Dominium" correspondía solo al “populos” (pueblo romano) o -posteriormente- al emperador.9
Consecuentemente, el derecho romano introduce la diferencia entre tipos o clases de comunes: el que es común a todos los humanos, el que pertenece solo a algunos socios, el que es absoluto pero no ejercible a ningún individuo en particular (dominium), el de uso (como en caminos o ríos), etc.
Por ejemplo, en las Institutas se establece que “por ley de la naturaleza, el aire, el océano... etc, son propiedad de todos”, pero también se establece el común restringido a algunos: “si dos personas mezclan su vino o juntan su oro, la mezcla les pertenece a los dos en conjunto”. La ley romana establece también el derecho de los “ciudadanos” a utilizar algunos bienes en común (caminos, puentes, fuentes de agua) en exclusión, en algunos casos, de los no ciudadanos (los extranjeros no tienen derecho, por ejemplo, a utilizar las vías en Roma, excepto con permiso).

Los comunes en la Europa feudal[editar · editar código]

Los bienes comunales surgen durante el periodo feudal en Europa como el conjunto de bienes –la mayoría inmuebles– que eran concedidos a un señorío para su explotación: feudos. Tras la progresiva desaparición del feudalismo a partir del siglo XIII, estos bienes pasaron a formar parte de las villas y ciudades que habían ido naciendo a lo largo del tiempo alrededor de los castillos y demás asentamientos feudales. Ya no eran propiedad de un señor, sino de la comunidad en su conjunto. Pronto fueron regulados por los distintos fueros. Una parte de aquellos originarios bienes pasaron a ser propiedad exclusiva de los antiguos señores, pero otros engrosaron el patrimonio del común de los ciudadanos. Los fueros regularon su explotación que estaba sujeta a limitaciones de todo orden. Como características singulares eran bienes no enajenables y la explotación de los mismos debía llevar aparejado el respeto y cuidado del bien. La capacidad de regular su uso fue quedando en manos de los distintos pueblos, hasta que las legislaciones municipales a partir de los siglos XVIII y XIX permitieron a los municipios un alto nivel de autorregulación.

Los comunes en la tradición hispana[editar · editar código]

Los comunes comenzaron a establecerse en España, a partir del siglo IX, sobre las bases del derecho germánico. Aunque en principio “la tierra” es de propiedad real (el equivalente al populus o emperador romano) el sistema dio eventual origen -junto a la expansión tanto demográfica como a la conquista- a las llamados Comunes de Villa y Tierra, “establecidos en base a propietarios independientes, del campesinado libre, que solo reconoce al Rey como superior. Se agrupan en caseríos o pequeñas aldeas. Se asocian en comarcas o territorios voluntariamente constituidos. Usan su Derecho tradicional, de raíz germánica. Y finalmente se constituyen en Comunes, recibiendo finalmente la confirmación real de su Fuero.”.10
La codificación de esos comunes se remonta al siglo XIII, en las Siete partidas, y sigue cercanamente la aproximación de la ley romana. El Título XXVIII de la tercera partida clasifica los comunes en varias categorías: Ley III: Cosas que comunalmente pertenecen a todas las criaturas del mundo (el aire, las aguas de la lluvia y el mar y su ribera) Ley VI: cosas que pertenecen a todos los hombres comunalmente (ríos, caminos públicos, puertos) Ley IX: cosas que pertenecen comunalmente a una ciudad o villa (fuentes de agua, las plazas donde se hacen los mercados, los lugares donde se hacen reuniones de consejo, los arenales de los ríos, las correderas de los caballos y “los montes et las dehesas et todos los otros logares semejantes destos que son estasblecidos para pro comunal de cada una cibtat, o villa, o castielo o otro logar”)
A pesar de esta posesión común se establece una diferencia al el usufructo o derecho sobre el producto de tales bienes. El común de todas las criaturas es, obviamente, libre (es decir, no se puede cobrar por el uso del aire o las aguas de la lluvia, etc) pero los ingresos por el uso de los “comunes a todos los hombres” pertenecen al rey (ley XI: como los almojarifados y las rentas de los puertos y las salinas y las minas pertenecen a los reyes), mientras que los comunes de las villas se dividen entre aquellos en los que el producto de uso pertenece a quien los usa y aquellos en los cuales el producto pertenece a la comunidad como tal -el producto o renta usándose para propios de la villa (ley X: cuales cosas pertenecen a alguna ciudad o villa o común y no puede cada uno usar de ellas separadamente, etc).
El usufructo de las tierras comunes solía ser gratuito. Pero se exigía una renta moderada en algunos pueblos en reconocimiento que la propiedad era de la colectividad y para cubrir los gastos del municipio, (ver, por ejemplo Bienes de propios) ... con ello se subrayaba que el ocupante solo disponía del dominio útil y no del directo, que seguía perteneciendo a la comunidad de vecinos.11
Eventualmente tales comunes fueron, como consecuencia del proceso de desamortización, eliminados en su mayoría en España, transferiendose -con el argumento que las propiedades comunes eran no productivas o de manos muertas- a la propiedad privada a través de la venta pública de ellas12
Las desamortizaciones llevadas a cabo en el siglo XIX en España también afectaron a las tierras comunales. Sin embargo se ha alegado que la inclusión de los comunes entre las tierras no productivas tenía como motivo el aumentar los caudales reales: “Todo ello venia de lejos. A raíz de 1898, tras la pérdida de Cuba y Filipinas, el Estado vendió las tierras comunales como medida de recaudar dinero”. A pesar que se suponía que de los dineros resultantes de la venta solo una parte correspondería al Estado -el resto perteneciendo a los pueblos o villas- “El Estado se embolsó (lo) que le correspondía al pueblo... los años pasaron y por más gestiones que hicieron el Alcalde y sus Concejales, el pueblo solo obtuvo la callada por respuesta”.13 . Este dato no es exacto, ya que si bien hubo desamortizaciones de tierras comunales tras 1898, anteriormente estos bienes comunales fueron desamortizados y privatizados masivamente con el Ministro de Hacienda Pascual Madoz en 1855.14
En España, los bienes comunales están constituidos en el presente en su mayor parte ya sea por montes (Monte de utilidad pública) o.por grandes extensiones de terreno forestal que se destinan a la ganadería, recolección –frutos silvestres, miel, etc.– y pastos. No obstante, los hay también que, con el tiempo, han ofrecido a sus comunidades otras rentabilidades: explotaciones mineras principalmente. Sus características siguen siendo las mismas en cuanto a su condición de bienes no enajenables, siendo los ingresos que producen para el conjunto de la comunidad, bien según unidad familiar, bien por individuos. La mayoría se ofrecen como explotaciones mediante concesión a empresas y su gestión correponde al Ayuntamiento. Los beneficios generados se ingresan en las arcas municipales. En algunos casos, sobre todos en los pequeños municipios en régimen de Concejo abierto, todavía permanecen costumbres ancestrales de explotación común directa por los vecinos para pasto u obtención de leña.

sábado, 20 de octubre de 2012

La Forma como reaccionamos ante la dificultad


Durante mis treinta años de experiencia profesional, los pacientes me han ido enseñando a entender la forma que tenemos
los humanos de reaccionar emocionalmente. ¿Por qué ciertas
personas reaccionan con seguridad y con empuje ante las dificultades  mientras  otras  reaccionan  con  sentimientos  de  pequeñez y desánimo? Y lo que a nivel práctico es aún más importante, ¿cómo podemos cambiar esta forma involuntaria de reaccionar emocionalmente?
Nuestra forma de sentir depende de las conexiones que se han establecido entre nuestro cerebro y las glándulas endocrinas. Por su parte, estas conexiones se han ido creando como resultado de las experiencias que hemos vivido a lo largo de la vida. En contra de lo que tradicionalmente
se había pensado, la neurociencia contemporánea ha demostrado que
nuestro cerebro es enormemente plástico, es decir, que su anatomía es
modifi cable a partir de múltiples experiencias relacionales. Modifi car
la forma en que sentimos es una tarea compleja que requiere cambiar
dichas conexiones. La refl exión racional y la voluntad son escasamente
efi caces a la hora de modifi car las conexiones neuroendocrinas que determinan nuestra forma de reaccionar emocionalmente. Con todo, los
humanos hemos evolucionado y nos diferenciamos de los otros grandes
simios por nuestra capacidad de utilizar nuestras relaciones con los demás para aprender a regular las reacciones emocionales. Por lo tanto, en
la especie humana las relaciones son la fuente principal de donde aprendemos nuevas formas de afrontar emocionalmente la vida.
Nuestro cerebro ha evolucionado para compartir estados emocionales. A diferencia de los otros grandes simios, en los últimos seis millones MUESTRA EDITORIAL
L A   C O N E X I Ó N   E M O C I O N A L

de años los humanos hemos evolucionado para alcanzar la capacidad
del «yo siento que tú sientes lo que yo siento». Desde el mismo momento del nacimiento, los humanos buscamos la conexión emocional con nuestras crías: las tomamos en brazos, nos las ponemos cara a cara, y
buscamos algún intercambio de señales (expresiones faciales y sonidos
bucales) que nos hagan tener alguna sensación, aunque rudimentaria,
de sentir cosas similares. Pasados los dos primeros meses, el bebé ya puede intercambiar sonrisas con sus cuidadores: un hecho que constituye
una de las primeras evidencias de que ambos, bebé y adulto, comparten
un estado de bienestar. ¿Por qué, para unos padres, es tan gratifi cante
conseguir esa conexión con su niño a través de la sonrisa?
Bonobos y chimpancés, los primates que más se parecen a nosotros,
nunca buscan esa conexión. Sería impensable que una madre chimpancé se pusiera su cría cara a cara y empezara a hacerle gestos y sonidos
buscando una respuesta, es decir, buscando una conexión. Antes del
año de edad, los humanos aprendemos a mirar lo que nuestros cuidadores miran, es decir, a compartir los intereses del adulto. Poco después
el bebé aprende a señalar y busca que el adulto mire lo que él señala.
Pero no bastará con eso: el bebé no sólo necesita que el adulto se fi je en
el objeto que señala, sino que también necesita que después este adulto
vuelva a redirigir la mirada hacia el pequeño para mostrarle que está
contento con lo que le acaba de enseñar. El pequeño necesita percibir
que el adulto se interesa por las cosas que a él le interesan, y necesita poder disfrutar conjuntamente con los adultos de este interés compartido.
Por extraño que nos pueda parecer, los chimpancés adultos no tienen
ni la capacidad de señalar, ni la capacidad de entendernos cuando les
señalamos con el dedo dónde está lo que están buscando.
¿Por qué la conexión emocional es tan importante para los humanos?
Una de las experiencias que más nos atrae es la de tener la sensación
de «yo siento que tú sientes lo que yo siento». Es decir, la experiencia
de la conexión emocional. Las relaciones que nos aportan ese tipo de
sensación de sintonía nos resultan agradables, en cambio, las personas
que percibimos que nos malinterpretan nos generan inquietud. Tendemos a huir de las relaciones en las que no nos sentimos entendidos y
buscamos mantener aquellas otras que nos proporcionan una sensación
de afi nidad derivada de la conexión emocional. ¿Qué sentido tiene que
compartir estados emocionales sea tan atractivo para nosotros?
Los humanos aprendemos a tener emociones a través de las relaciones. Cuando un bebé de 18 meses tropieza y cae, lo primero que hace MUESTRA EDITORIAL
| 15 |
P R Ó L O G O
es dirigir la mirada hacia la expresión de su madre. El pequeño evaluará la gravedad de la situación a través de la expresión de su madre:
si ésta emite señales de estar asustada, el niño empezará a llorar; si la
madre hace señales de encontrarlo divertido, entonces el pequeño se
reirá. La reacción emocional de este pequeño ante la caída dependerá
de la reacción emocional de la madre. Pero si en lugar de la madre, en
este momento, el pequeño está con un extraño, entonces la reacción del
adulto desconocido será mucho menos relevante para el niño. ¿Por qué?
Porque ya desde pequeños sólo nos fi amos de aquéllos con quienes nos
sentimos conectados emocionalmente, que sabemos que «sienten lo que
yo siento». Si el otro no siente de una forma bastante parecida a como
yo siento, entonces es probable que sus soluciones a mí no me sirvan

viernes, 12 de octubre de 2012

Trabajo y autoexigencia


Mientras ataca el plato de carne, bañado en una oscura salsa y servido con polenta, Félix Mantilla, ex tenista que llegó a ser el número 10 del mundo, resume en una parrafada lo que le ha enseñado la vida. “He aprendido a confiar en mí mismo, en lo que pienso; que con trabajo, humildad y pasión puedes conseguir cualquier cosa”, dice. “He llevado una vida, la de tenista, en la que no sabes dónde ni cómo acabarás, que lleva implícita la inseguridad, porque es muy cambiante y no tienes la seguridad de una oficina. He aprendido que lo que importa es el ahora, que no tiene sentido mirar tan adelante”, sigue. “Y he aprendido a sobrellevar ese miedo con la madurez. El cáncer de piel que superé también influyó: es saber que cualquier día nos podemos ir de aquí. También, otras experiencias: vive el día de hoy y olvídate de las preocupaciones inútiles”.
Mantilla (Barcelona, 1974) habla en un frío restaurante de la pista Rod Laver, la central del Abierto de Australia. Hasta aquí ha llegado como entrenador de las promesas locales, a las que inculca los valores de trabajo y autoexigencia que hicieron de él el gladiador de Roma; hecho un connaisseur de las recetas con carne de canguro, que él mismo cocina con verduras y espaguetis; vestido con manga larga pese al verano, para protegerse del sol australiano (“para eso, quizás este sea el sitio más peligroso del mundo”); y pensando en conciertos de música, en rumbas, y en la guitarra española que se ha dejado en casa, en Barcelona. Mantilla come con apetito, aunque sea su segundo almuerzo del día. Las servilletas son de papel reciclado. Los cubiertos corren el riesgo de perecer doblados. No hay camareros. Él, que llegó primero, puso la mesa.
Me gustan las experiencias nuevas”, cuenta sonriente. “Venir a Australia varios meses al año, salir de mi zona de confort, donde todo me era más fácil, es importante para mí”, añade. ¿En qué se diferencian los jóvenes tenistas europeos y australianos? “La calidad de vida aquí es muy buena. Los chicos tienen una cultura ética y moral alta. Son respetuosos, agradecidos”, contesta. “Los buenos jugadores, sin embargo, en la pista tienen que ser de aquí estoy yo. No es tener mala leche, ser un maleducado, pero sí tener la competitividad dentro, no querer perder ni a las canicas, querer ganar a todo. Así son los grandes campeones. Rafa Nadal no quiere perder a nada. Si no eres competitivo, no desarrollas todo tu potencial”.
Cuando Mantilla llegó a Australia, afrontó una semana de reuniones. Fueron días de jet-lag y descubrimientos sin fin. Aquello puso a prueba su inglés. Desde entonces, afinó el idioma con lecturas, desde La vuelta al mundo en 80 días a Zonas erróneas, de Wayne W. Dyer. En consecuencia, Mantilla se encarga de pedir la comanda en perfecto inglés, e igual que arrancó la conversación, cuando aún no había migas de pan sobre la mesa, se marcha resumiendo lo que les recomienda a las jóvenes promesas: “Hagas lo que hagas en la vida, disfruta, que te apasione, no lo hagas por el dinero ni por pasar el rato: los campeones siempre tienen una pasión y un deseo mayor que el resto. Sé honesto, ve de cara. Cree en ti, aunque habrá veces que digas cosas que no le gusten a otros”. “Y es que”, se despide el buen Mantilla, “a veces, en la sociedad de hoy en día, está mal visto decir lo que uno piensa”.